Nuevas disposiciones (2024) para tratamiento del COVID 19 en las empresas

Se aprobó la Nueva Directiva para prevención de la COVID-19 (Resolución Ministerial N° 022-2024-MINSA), a continuación los puntos más resaltantes que deberá tener en cuenta todo centro laboral:

– Todo trabajador con síntomas gripales debe usar mascarilla y buscar atención médica (médico ocupacional o especialista).
– El médico puede determinar si es un caso sospechoso de COVID-19 y puede realizar el diagnóstico presuntivo a partir del cuadro clínico e indicar el descanso.
– Los empleadores deben garantizar un ambiente seguro de trabajo, verificando que de preferencia todos los empleados estén debidamente vacunados para la COVID-19.
– En todo centro laboral, a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, se debe elaborar el “Plan para al vigilancia, prevención ycontrol de la COVID-19 en el trabajo”, el mismo que debe ser remitido al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para su aprobación en máximo 48 horas
– El trabajador tiene la obligación de reportar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de su empleador si presenta signos y síntomas relacionados con la COVID-19.
– A todo trabajador que cumpla criterios de caso sospechoso se le indica aislamiento domiciliario o se le remite a un establecimiento de salud. El empleador procede a la identificación de contactos laborales.
– No deben realizarse pruebas diagnósticas de laboratorio, como PCR o pruebas de detección de antígeno, para definir el alta del paciente. El alta se registra en SICOVID.
– El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe realizar el monitoreo de salud de los trabajadores con diagnóstico confirmado o sospecha que se encuentren en descanso médico (registrarlo en SICOVID)
– El tiempo de descanso médico de casos sospechosos, probables o confirmados de la COVID-19 será definido por el médico tratante de acuerdo a la condición clínica del paciente.
– Las reuniones de trabajo o capacitación deben ser de preferencia virtuales, cuando sea posible.
– Se recomienda, la protección de los trabajadores con factores de riesgo en puestos de atención al cliente, mediante el empleo de mascarilla correspondiente cuando el trabajador no pueda ser reubicado en un puesto de menor riesgo.
– Controlar que el aforo convencional no se sobrepase, durante toda la jornada laboral.
– En caso de más de 100 trabajadores, el servicio de seguridad y salud debe estar conformado por un médico y un licenciando en enfermería.

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